Iniciación a la vida laboral 4º ESO

El conocimiento del entramado legal, organizativo y económico del mundo laboral, así como los procesos que conoducen a prácticas laborales saludables, va a permitir la construcción de un itinerario formativo profesional y, en su caso, la inserción en la vida laboral.

miércoles, 25 de enero de 2012

ANÁLISIS DE UNA RELACIÓN LABORAL -TRABAJO

Descargate la plantilla y realiza el trabajo propuesto acerca del análisis de una relación laboral.
https://docs.google.com/leaf?id=0ByYTzhuOZTCmMzgwMzI2MTctMDE5Ny00NjQyLWJhZTctOWM1ZTc0YTQ3Mjg5&hl=es

Debes realizar una entrevista a una persona de confianza y pedirle que te enseñe su nómina.

FECHA DE ENTREGA: Lunes 30 de enero de 2012

lunes, 23 de enero de 2012

El salario y sus derivaciones sociales

El salario y la nómina
  • Salario base: el salario sin aumentos de primas o antigüedad ni descuentos de impuestos,
    El salario base no lo establece la empresa, sino que cada categoría profesional tiene fijado el suyo en un convenio colectivo. De manera que todas las personas que trabaje como administrativos en empresas del sector del metal tendrán el mismo salario base.

  • Complementos salariales:
    ·         son aquellas cantidades de dinero que se añaden al salario base. Si se establecen éstos han de ser causales, es decir se fijan en atención a circunstancias personales del trabajador, a las características propias del puesto de trabajo o por la situación o resultados de la empresa, dando lugar a distintos tipos de complementos salariales.
    Complementos salariales de carácter personal:
    ·  Antigüedad
    ·  Conocimientos específicos del trabajador
    ·  Plus de plena dedicación y plus de convenio
    Complementos salariales por el puesto de trabajo
    ·         Toxicidad, penosidad, peligrosidad
    ·         Nocturnidad
    ·         Turnicidad:
    ·         Responsabilidad
    Complementos salariales por calidad o cantidad de trabajo
    ·         Incentivos
    ·         Actividad
    ·         Asistencia
    ·         Horas extras
    ·         Otras horas extras (horas estructurales
    ·         Complementos de vencimientos periódicos superiores al mes
    ·         Gratificaciones extraordinarias
    ·         Participación en beneficios
    ·          En especie
    ·         Complemento de residencia

La retención a cuenta del Impueto dobre la Renta de las Personas Físicas:

El salario mínimo interprofesional

miércoles, 18 de enero de 2012

Relaciones laborales: derechos y obligaciones de los trabajadores

Derechos de los trabajadores: 

     
  • Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  • Libre sindicación
  • Negociación colectiva.
  • Adopción de medidas de conflicto colectivo.
  • Huelga.
  • Reunión.
  • Información, consulta y participación en la empresa.
En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:
  •   A la ocupación efectiva.
  •   A la promoción y formación profesional en el trabajo.
  •   A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta Ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.
  • A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
  •  Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
  • A la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.
  • Al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo.
  • A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo.

Los trabajadores tienen como deberes básicos: 
  • Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
  • No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.
  • Contribuir a la mejora de la productividad.
  • Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.