Iniciación a la vida laboral 4º ESO

El conocimiento del entramado legal, organizativo y económico del mundo laboral, así como los procesos que conoducen a prácticas laborales saludables, va a permitir la construcción de un itinerario formativo profesional y, en su caso, la inserción en la vida laboral.

miércoles, 11 de enero de 2012

El periodo de prueba

Las empresas acogen a que la ley permite pactar un periodo de prueba tanto en los contratos de duración indefinida como en los temporales (artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores). De esta forma, salvo pacto en contra, si la empresa decide prescindir del trabajador durante el periodo de prueba, no tiene que preavisarle y puede resolver el contrato en cualquier momento sin indemnizar al empleado. Eso sí, tendra que abonar el finiquito correspondiente a los días que haya trabajado.
Este pacto, cuya inclusión en el contrato es voluntaria, las empresas lo incorporan por escrito al contrato inicial. Su duración se establece en los convenios colectivos. Salvo plazos distintos para algunos regímenes especiales, la duración del periodo de prueba no puede exceder de:
  • 6 meses para los técnicos titulados
  • 2 meses para el resto de trabajadores
  • Si la empresa tiene menos de 25 trabajadores, no puede exceder de 3 meses para los trabajadores que no sean titulados.

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