Iniciación a la vida laboral 4º ESO

El conocimiento del entramado legal, organizativo y económico del mundo laboral, así como los procesos que conoducen a prácticas laborales saludables, va a permitir la construcción de un itinerario formativo profesional y, en su caso, la inserción en la vida laboral.

miércoles, 18 de enero de 2012

Relaciones laborales: derechos y obligaciones de los trabajadores

Derechos de los trabajadores: 

     
  • Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  • Libre sindicación
  • Negociación colectiva.
  • Adopción de medidas de conflicto colectivo.
  • Huelga.
  • Reunión.
  • Información, consulta y participación en la empresa.
En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:
  •   A la ocupación efectiva.
  •   A la promoción y formación profesional en el trabajo.
  •   A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta Ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.
  • A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
  •  Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
  • A la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.
  • Al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo.
  • A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo.

Los trabajadores tienen como deberes básicos: 
  • Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
  • No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.
  • Contribuir a la mejora de la productividad.
  • Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.

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